Prácticas de buen gobierno corporativo y aplicación de principios ESG

  • Las juntas directivas son pieza fundamental en el mundo empresarial, ya que toda organización necesita una alta dirección para la planeación organizacional y estratégica de todos los proyectos planteados. La firma de abogados Philippi Prieto Carrizosa explica la importancia de este organismo cuando el Gremio se prepara para elegir la nueva Junta Directiva en la 56ª Asamblea Anual de Afiliados.

LUZ MARIA MERCADO

Artículo escrito por: Luz María Mercado, abogada Principal Corporativo | M&A de Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU &Uría

Cada vez más, los principios de gobierno corporativo y la implementación de medidas que garanticen su cumplimiento son un tema relevante al interior de las sociedades cerradas en Colombia. Si bien estas medidas se pensaban de exclusivo cumplimiento para los emisores de valores, actualmente son fundamentales para crear un ambiente de transparencia y confianza para los accionistas, además de ser un adecuado mecanismo para la rendición de cuentas, el crecimiento de las sociedades y el favorecimiento de la inversión extranjera en las mismas1.

En Colombia, desde la publicación en el año 2007 por parte de la Superintendencia Financiera del Código de Mejores Prácticas Corporativas y su posterior modificación a través del Código País2, se implementó el sistema a través del cual los emisores, mediante el diligenciamiento de un cuestionario que se divide en cinco grandes áreas (derechos y trato equitativo de accionistas, asamblea general de accionistas, junta directiva, arquitectura de control y transparencia e información financiera y no financiera) informan al mercado sobre el cumplimiento de las recomendaciones efectuadas en materia de gobierno corporativo. La metodología para el diligenciamiento, basado en el principio de “cumpla o explique”, requiere que el emisor indique si adopta o no las recomendaciones para el periodo objeto de revelación y, en caso de que la medida se adopte, señale cómo o en caso contrario explique las razones para ello.

Si bien esta es una práctica que, como se señaló anteriormente, es requerida únicamente para los emisores de valores, no es extraño que actualmente varias sociedades cerradas adopten las recomendaciones allí señalas y las implementen a través de los distintos documentos corporativos como lo son los reglamentos, códigos y otra normativa interna. La razón para esto es la tendencia mundial de garantizar a los accionistas y otros stakeholders una estructura corporativa que independientemente del accionista controlante sea robusta y garantice igualdad, transparencia y procedimientos eficientes de control interno.

Para las sociedades cerradas, si bien no existe el principio de “cumpla o explique”, sí existe la obligación de diligenciamiento del informe de mejores prácticas empresariales diseñado por la Superintendencia de Sociedades y que tiene como finalidad llevar a cabo una supervisión que fortalezca la cultura empresarial del auto control, mediante el desarrollo de medidas adecuadas de administración del riesgo.

A pesar de no existir un sistema obligatorio en materia de gobierno corporativo para las sociedades cerradas, actualmente los accionistas y stakeholders demandan la existencia de un sistema que vaya más allá del cumplimiento de las normas de reporte; los inversionistas buscan que sus inversiones logren integrar ciertas buenas prácticas como lo son la inclusión de miembros independientes en las juntas directivas y el cumplimiento de principios ESG (environmental, social and governance) por su sigla en inglés.

Estos principios tienen como finalidad la inversión responsable. Establecidos por la ONU desde el año 2005, buscan armonizar la rentabilidad económica con la sostenibilidad. Así, la implementación de los principios ESG busca en la inversión, la selección de compañías o activos que cumplan con criterios sociales, con inversiones sostenibles en materia medioambiental y con fundamentos sólidos de gobierno. La aplicación de este criterio en la inversión se aleja del concepto tradicional basado únicamente en la rentabilidad para enfocarse en factores adicionales que generan valor agregado.

En las consideraciones ambientales (environmental) se tiene en cuenta el manejo ambiental de la empresa y su efecto en el medio ambiente (cambio climático, emisiones contaminantes, deforestación entre otros). A su turno, el impacto social (social) persigue analizar las buenas prácticas de la empresa frente a sus empleados y stakeholders y la protección de los derechos humanos. Por último, en el aspecto de gobernanza (governance) se considera (al igual que en el Código País) la relación de las empresas con sus accionistas, sus órganos de dirección, la transparencia de su actuar y la existencia de controles efectivos. 

La aplicación de estos principios es actualmente considerada en el ámbito internacional como un efectivo indicador del manejo adecuado de empresas que son, además de exitosas, sostenibles en el largo plazo y con compromiso de sostenibilidad y responsabilidad empresarial. Una muestra de esto es que actualmente S&P ya tiene un índice internacional que mide estos principios en las empresas y que se ha convertido en importante herramienta para considerar inversiones.

El adecuado gobierno corporativo es aquel que facilita el ejercicio de las funciones de control, pero también el que permite y protege el ejercicio de los derechos de los accionistas, garantizando un trato equitativo a todos ellos, y en donde la toma de decisiones es informada, con orientación estratégica y con órganos de dirección preparados y con capacidad para la toma de decisiones.

En Colombia, el camino para la construcción de un sistema de gobierno corporativo robusto para sociedades cerradas (e incluso para emisores) aún es largo; sin embargo, es importante recorrerlo. La tendencia internacional busca avanzar cada día en sistemas de control más efectivos y documentos corporativos sólidos que protejan a todos los stakeholders así como con inversiones sostenibles. La recepción de inversión extranjera está dada en gran medida por empresas que cumplan estándares internacionales y es por esto que la adopción de medidas fundamentales (como lo son las del Código País o la inclusión de miembros independientes en las juntas directivas) actualmente pueden parecer poco; las empresas actualmente deben ir más allá, buscar estándares más altos y empezar a contemplar la inclusión de los principios ESG es sin duda una tarea que debe hacerse.

Referencias: 

OCDE (2016), Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE y del G20, Éditions OCDE, Paris.

http://dx.doi.org/10.1787/9789264259171-es

2 Circular 028 de 2014 de la Superintendencia Financiera.